REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCION ESCOLAR 2007
PARTE I
De la Institución Escolar
1 - La Escuela desarrolla sus actividades y programas de estudio enmarcados en el “ideario” que fundamenta su creación y sustenta el crecimiento de la Institución.
2 - La Escuela no realiza discriminación alguna en relación a nacionalidad, cultura, religión, condición social, en cuanto a la condición básica de admisión.
3 - El derecho de admisión a la escuela va ligado directamente al cumplimiento del compromiso arancelario, (pago de cuotas correspondientes al período lectivo). Además, la escuela se reserva el derecho de aceptar o no, la inscripción (matriculación), de un alumno de un año al otro, por antecedentes disciplinarios o delictivos, repetición del año escolar, violencia física, violencia verbal, adicciones, perversiones, etc., que perjudiquen el trabajo y convivencia escolar. De igual forma si el acto de violencia física, verbal o cualquier otra índole fuera perpetrado por padres, familiares o responsables a cargo, hacia el personal de la institución, en cualquier momento del año que ocurriera.
4- Asimismo, la Escuela se reserva el derecho de suspender del establecimiento a cualquier alumno por actos y/o actitudes indisciplinadas de acuerdo a los reglamentos oficiales vigentes.
5- No se permite el ingreso o entrada de personas ajenas al personal de planta al ámbito de las dependencias de la institución.
6- La dirección del colegio se reserva el derecho de autorizar el ingreso o estadía de personas en el establecimiento educativo y sus dependencias.
7- La Escuela se reserva el derecho de proponer y/o modificar el uniforme, cuando así lo crea conveniente o necesario.
8- No permite, ni reconoce Asociaciones de Cooperadora, u otro tipo de asociaciones, dentro o fuera de su jurisdicción, en relación a la entidad escolar.
9- No acepta ni reconoce Centros de Estudiantes, dentro o fuera de sus dependencias, en ninguno de sus niveles de enseñanza.
10- Los aranceles y obligaciones administrativas deberán ser canceladas del primero al diez de cada mes, según la reglamentación vigente y la “Oferta Educativa” del año vigente.
11- La institución se reserva el derecho de cobrar intereses sobre obligaciones de pago incumplidas.
12- La inasistencia de un alumno al curso introductorio, nivelatorio, escolar-lectivo, de examen u otros; por razones varias (enfermedad, abandono, mudanza, etc.) no dará derecho a deducciones, ni anulación de cuotas.
13- No se autoriza el retiro periódico de los alumnos dentro del turno escolar, ni previo al término del mismo, justificándose esto sólo por razones de tratamientos médicos o razones que la Dirección considere suficientes para ello (ver Anexo II “Régimen de inasistencias”).
14- Si la Dirección de la escuela autoriza el retiro de un alumno, dentro del horario escolar, antes del retiro debe comunicarse a Dirección y firmar el correspondiente retiro. El retiro sólo es posible realizarlo por un mayor a cargo del alumno, cuya certificación de firma se halle registrada en Dirección (ver Anexo II “Régimen de inasistencias”).
15- No se autoriza telefónicamente ningún tipo de solicitud que deseen realizar los padres o los alumnos. Los padres deben presentarse personalmente, previo acuerdo de entrevista con quién corresponda por medio del cuaderno de comunicados (ver Anexo II “Régimen de inasistencias “).
16- El teléfono interno de la escuela es de uso exclusivo del establecimiento.
17- Los montos estipulados para las cuotas mensuales pueden sufrir aumento en el caso que en el período escolar hubiera aumentos de salarios, aportes obligatorios u otros aumentos por gastos de fuerza mayor no previstos.
18- Los cambios de domicilio que sufrieran los alumnos deben ser declarados por un mayor a cargo de los mismos en forma inmediata al hecho. ANEXO: La escuela no participa en la contratación de transporte escolar de ningún tipo, siendo este un asunto particular entre los padres y los transportistas oferentes. No haciéndose responsable, la escuela, en ningún caso del traslado de los alumnos en el trayecto ida y vuelta a sus hogares.
19- La escuela tiene la obligación de proveer un ambiente sano: espiritualmente y físico – mental - moral, para aquellos que se integran a su ámbito de trabajo.
20- La escuela tiene la obligación de proveer los conocimientos que exige el marco legal vigente en la Transformación Educativa de la Jurisdicción Provincial y Nacional.
21- La Escuela tiene el derecho de elaborar su propio Proyecto Educativo Institucional, y agregar todo aquel contenido que considere necesario en el marco del “ideario” de la institución y en correlación al P.E.I., respetando la normativa vigente.
22- Debe dar respuestas a la comunidad educativa a la que pertenece cuando así se lo requiera, en relación a sus obligaciones y funciones específicas.
23- Cumplirá con el servicio educativo de acuerdo lo exija el “Calendario Oficial” para el correspondiente período lectivo. No promoverá, ni adherirá a la pérdida de días hábiles (por razones varias: paros, protestas, etc.)
24- La Institución se reserva el derecho de variar en todo o en partes el presente Reglamento interno de la Institución Escolar cuando lo evalué necesario – sin previo aviso y dando prensa del mismo.
PARTE II
De los Padres
La representación de los estudiantes ante las autoridades de la Escuela será ejercida en cada caso por los padres, tutores, o encargados de los mismos quienes registrarán su firma en Secretaría. En caso de ausencia transitoria, los representantes deberán nombrar un sustituto, quién registrará también su firma.
CONSIDERACIONES GENERALES:
1- Es obligación de los Padres o tutores, firmantes de la “ Oferta Educativa” del presente período lectivos, cumplir con todas las obligaciones de pago y administrativas que hacen a la documentación de los alumnos, (pago de cuotas, pago de moras, presentación de DNI, actualización de DNI, Partidas de Nacimiento, Certificados de Vacunación, Certificados médicos de inasistencia por enfermedad, Cambios de domicilio, Número telefónico para urgencias, Firma de actas por cambio de tutores de los alumnos).
2- Es obligación de los Padres velar por el cumplimiento de las normas disciplinarias de la escuela, como así también por la presentación del alumno en completas y adecuadas condiciones de higiene y con el uniforme correspondiente al nivel.
3- Los padres tienen la obligación de comprometerse con las normas y pautas de disciplina que se implementan en la escuela, evitando caer en contradicciones que perjudiquen el proceso de formación de sus hijos, por ello deberán informarse en forma directa y personal en el establecimiento de la situación de escolaridad, evaluación y promoción con suficiente antelación al cierre de cada trimestre, sin perjuicio de la información espontáneamente emitida vía comunicados por parte de la escuela.
4- Los Padres o tutores de los alumnos, deben fomentar y conducir el hábito de responsabilidad en sus hijos.
-Deben acompañar a los docentes en la tarea educativa, a través de un seguimiento diario de la actividad que se realiza en la escuela, sin perjuicio de los momentos y espacios que hacen a la convivencia familiar.
5- Deben notificarse periódicamente del “Cuaderno de Comunicados”, cuyo uso es obligatorio para los docentes como para los padres. Las notas deben ser firmada, respetando el tipo de firma a lo largo del año escolar para todo tipo de documentación.
En caso de no comprender el comunicado correspondiente o no poder realizar su lectura deben ponerse en contacto con el docente o con la dirección.
6- Deben asistir a las reuniones o citaciones correspondientes, remitidas por los Docentes, la Dirección o la Administración, según sea el caso.
7- No podrán hacerse presentes en la formación personas ajenas a la tutoría de los alumnos .De ocurrir esto se notificará a los padres de este inconveniente y serán ellos, los padres, quienes deban resolver este problema, sea en relación a los transportistas u otras personas enviadas por ellos.
8- Los padres tienen acceso a solicitar entrevistas cuando lo crean necesario, por distintas razones que hacen a la disciplina, al aprendizaje, a las relaciones personales, problemas personales y / o administrativos, con quien corresponda.
9- Los padres tienen acceso al “retiro” definitivo del alumno del establecimiento previo cumplimiento de sus obligaciones administrativas y financieras, dentro del período escolar, o a la finalización del mismo , (30 de diciembre de cada año)
CONDICIONES GENERALES DE LA DISCIPLINA:
• El alumno será registrado cómo “Presente” en la Escuela una vez que ingresó físicamente con el uniforme respectivo (condición necesaria), útiles y en el horario pre-establecido.
• Una vez que el alumno hubiere sido registrado como “Presente en la Escuela”, no podrá salir de la misma, a menos que alguno de sus padres, tutor o encargado los retire personalmente de la misma previa presentación de su identificación.
• Durante el recreo los alumnos deberán permanecer dentro de las áreas previamente designadas, no en las aulas.
• La inasistencia a clase sin conocimiento de los padres, pone en peligro la seguridad física del alumno y lo compromete directamente a él, constituyendo esto un hecho grave.
• Los alumnos que portando el uniforme escolar sean encontrados en los alrededores del Establecimiento en actitudes contrarias a los valores impartidos por nuestro ámbito educativo, serán sancionados de acuerdo a las disposiciones reglamentarias vigentes.
DE LA INDUMENTARIA Y PRESENTACION:
Los alumnos deberán presentarse en la Escuela con el uniforme reglamentario completo, en todo momento.
1) UNIFORME:
Varones: Camisa celeste, pantalón gris, corbata azul, zapatos oscuros pullover azul, blaizer azul o campera azul lisa (No de Jean).
Mujeres: Camisa celeste, falda gris (de dos tablas encontradas, cuyo largo debe llegar a la rodilla o falda más larga), corbata azul, zapatos oscuros, medias azules, pullover azul, blaizer azul o campera azul lisa (No de Jean).
Nota: Cómo alternativa, solamente en los períodos de Febrero a Abril y Octubre a Diciembre, se podrá utilizar en lugar de camisa y corbata, la remera blanca con el estampado de la ECEP y el resto del uniforme completo.
2) EQUIPO DE GIMNASIA: Pantalón de gimnasia azul liso (No al cuerpo y sin vivos o inscripciones), remera blanca con el estampado de la ECEP, zapatillas oscuras o blancas (no de colores). IMPORTANTE: El equipo de gimnasia sólo se permitirá los días correspondientes a la actividad física determinada, no existiendo otro motivo para su uso salvo expresa disposición de la Dirección.
PARTE III
De los Alumnos
1 Deberes.
1- Deben cumplir con las normas y pautas de disciplina de las que se notifican al inicio del año escolar en los reglamentos del Nivel, Año y Aulico correspondiente. No se aceptará como justificación única y suficiente para todo tipo de petición ante la escuela, el alegar desconocimiento del reglamento interno de la institución escolar oportunamente entregado.
2- Deben asistir a la escuela en completas y adecuadas condiciones de higiene.
3- Deben presentarse en la escuela con el uniforme correspondiente a su nivel en todo momento, inclusive en los períodos de exámenes. No pueden agregar en él “logos” o “adornos”.
4- Los alumnos no pueden asistir al colegio con accesorios de fantasía, (anillos, colgantes, piercings, etc. u otros elementos que puedan surgir como moda) que no condicen con el uniforme del establecimiento. Tampoco traer consigo objetos de valor o elementos tales como: walkman, radios, grabadores, video games, etc .De ser así, les serán retirados y reintegrados a sus padres cuando se presenten. El uso de tatuajes no está permitido, en caso de ya poseerlos no deben ser visibles al utilizar el uniforme escolar.
5- Las alumnas no pueden presentarse con maquillajes, esmaltes en las uñas, o tinturas en el pelo parcial o totalmente que no coincida con el color natural del alumno/a.
6- Deben dirigirse a sus mayores con respeto y vocabulario socialmente aceptado en la comunidad escolar.
7- Aspectos atinentes a salud:
a) Cada ciclo escolar el alumno presentará su certificado de apto físico en el mes de Marzo
b) En caso de excederse de tres días de inasistencias por enfermedad, se presentará certificado médico. Si las causas fueren particulares, justificación de los señores padres por escrito.
c) En el caso de haber contraído pediculosis sólo podrá reintegrarse a clases cuando se haya curado, con el cabello libre de liendres y parásitos.
d) Si al ingresar a la Escuela o durante las horas de clases el alumno presentara malestares o manifestaciones de tipo infecto-contagiosas o pediculosis, el alumno será aislado a fin de preservar al resto y dar la posibilidad de retiro por parte de sus padres.
8- Deben tratarse entre sus pares con respeto, sin discriminaciones, ni agresiones verbales o físicas.
9- No deben tomar o hacer propio lo que no les pertenece.
10- En los momentos de recreo deben respetar los límites físicos del espacio libre señalado para cada nivel.
11- En los momentos de recreo o tiempo libre no pueden utilizar elementos de recreación como pelotas, bates u otros elementos contundentes y peligrosos elegidos para el juego. Atendiendo y obedeciendo las órdenes de sus superiores.
12- No pueden permanecer en las aulas bajo ningún concepto en los tiempos horarios correspondientes a recreos, sin profesor o personal a cargo.
13- Deben ser custodios celosos y cuidadosos del mobiliario que se les asigna, no perjudicando la infraestructura.
14- No efectuar inscripciones de ninguna clase en las paredes, bancos-asientos y otros lugares del establecimiento. Como tampoco rupturas o deterioros, tanto del edificio y/o propiedades del mismo. Todo daño será considerado cómo falta grave, pues se afecta el respeto y la convivencia, por lo que corresponderían las sanciones en créditos correspondientes y/o la reparación del daño/reposición del material que sea necesario por parte del alumno o responsable del mismo ante la Institución.
15- No está permitido a los alumnos tomar parte de actos de inconducta colectiva (esto ocasionará la separación inmediata del alumno del establecimiento)
16- No se permite ingresar con cigarrillos / bebidas alcohólicas, fumar o ingerirlas dentro del colegio y fuera de mismo en sus proximidades (frente del colegio – esquinas del predio – estacionamiento – paradas de colectivos).
De hacerlo será pasible de la sanción disciplinaria aplicada cómo falta grave.
17- Respetar y obedecer a sus superiores dentro y fuera del Establecimiento.
18- Cumplir prescripciones del reglamento.
19- Asistir puntualmente a clases y conducirse en ellas con corrección y aplicación.
HORARIO OFICIAL DEL ESTABLECIMIENTO
PreHora (ingreso) - 11: 55 hs. (si correspondiese)
Horario de entrada - 12: 35 hs.
Horario normal salida - 17: 45 hs.
Octava hora (salida) - 18: 25 hs.
Novena hora (salida) - 19: 05 hs.
ENTRE TURNOS:
Entre la salida y entrada de turnos, la escuela no se hace responsable por la permanencia de los alumnos en el Establecimiento, que de hecho no debiera haber, los alumnos deben ingresar al establecimiento entre 10 y 5 minutos antes de comenzar su horario oficial de clases.
20- Efectuar tareas y trabajos indicados por los Sres. Profesores.
21- Toda documentación y/o comunicación verbal y/o escrito que hubiere sido entregado (actas, notificación de citación, reuniones, actos, etc.) deberá ser devuelta dentro de las 24 hs. de recibidas.
22- No entrar en ningún aula, salvo a aquella que le han asignado.
23- No traer al Establecimiento: libros o útiles en exceso, como tampoco diarios, revistas, publicaciones, grabadores, filmadoras, walkman, equipos electrónicos sin relación con el estudio o actividad escolar.
24- No exhibir insignias, emblemas u objetos que resulten lesivos para nuestra organización, autoridades del Establecimiento o comunidad participante del entorno socio - cultural del alumnado.
25- A cada uno se le asignará un banco de cuya conservación se hará directamente responsable, cualquier rotura o alteración deberá ser comunicada a la Dirección.
26- La Escuela no se hará responsable por la pérdida de objetos de valor o dinero.
27- Tener consigo en todo momento el cuaderno de comunicados que deberá ser presentado cuando se lo requiera. La no presentación será motivo de sanción. Este Establecimiento espera brindar un ambiente de valores morales y trascendentes que influirán en la formación permanente del educando.
28- El uso del teléfono público será restringido para casos de urgencias solamente.
a) No se permite el uso de telefonía celular dentro del establecimiento de acuerdo a la Ley 11612, Art.33, inciso e - Resolución 1728/06 de la Dirección General de Cultura y Educación, durante la jornada escolar.Entendiéndose por tal desde el momento de ingreso al predio de la Escuela (puerta principal sobre la ruta) hasta el momento de su retiro por la misma.
b) En caso de que el alumno/a tenga su teléfono celular, la tenencia del mismo debe estar autorizada y justificada por el padre/madre/tutor, mediante acta remitida a dirección del nivel. No obstante, el mismo sólo podrá estar encendido y ser utilizado de acuerdo a lo estipulado en el punto anterior (28 a).
No podrá estar prendido en ningún otro momento de la jornada escolar , bajo ninguna otra circunstancia que la estipulada en este punto.
En caso que el alumno /a incurriere en el incumplimiento de esta normativa , el celular será retirado y sólo podrá ser solicitado personalmente por el padre /madre /tutor o encargado que haya sido el que autorizó y justificó su tenencia. Asimismo el alumno será sancionado con cinco créditos y en caso de reiterarse se duplicará la medida al mismo tiempo que se anulará la autorización para su tenencia en forma permanente.
c) La institución no se hace responsable del mismo, de acuerdo a los incisos 23 y 26 del presente reglamento.
2 – Obligaciones.
1- Los alumnos tienen el acceso a participar en la confección del reglamento áulico y pautas de convivencia en el ámbito escolar.
2- Los alumnos merecen ser escuchados y tienen la obligación de participar en los acuerdos de trabajo que surjan en el ámbito escolar.
3- Los alumnos tienen la obligación de desarrollar sus capacidades y talentos en ámbito escolar, dentro del marco ético y estético que se impone.
4- Los alumnos tienen obligación a aprender y prepararse progresiva y gradualmente para el mundo del trabajo.
5- Los alumnos que no cumplan con este reglamento serán sancionados de acuerdo a la normativa vigente.
ANEXO I
REGIMEN DISCIPLINARIO
Sistema Adoptado – CREDITOS
El alumno contará con 30 (treinta) créditos iniciales los que, en caso de incurrir en faltas a las normas de convivencia de la Escuela, serán descontados en relación al siguiente Cuadro orientativo. En el caso que la falta no sea posible de encuadrar en ninguno de los ítems detallados, el número a descontar quedará a criterio de la Dirección. Se establece un apercibimiento previo, que constará en la ficha personal del alumno, a la primer baja de créditos.
El profesor solicitará al preceptor el formulario en el cual colocará la acción por la cual solicita la sanción, el que llegara a la Dirección para el descuento a estipular. El alumno se notificará en el mismo formulario y se le comunicará al padre/tutor/responsable en el cuaderno de comunicados, registrándose en su ficha personal.
Cuando el alumno alcance 8 (ocho) créditos descontados, perderá la prioridad para representar a la Escuela, participar de visitas, salidas didácticas, pasantías, concursos externos e internos, olimpiadas, eventos deportivos, torneos de educación física, etc.
Al llegar al descuento de 15 (quince) créditos, se le aplicará al alumno una suspensión con cómputo de inasistencia de los días del apercibimiento. El apercibimiento será determinado por la Dirección y estableciendo que de ahí en más la Institución hará uso del derecho de admisión para el ciclo lectivo siguiente.
Se procederá de igual forma al llegar a los 25 (veinticinco) créditos pero con una duración mayor de la suspensión.
De llegar a los 30 (treinta) créditos descontados, la continuidad en el Establecimiento quedará sujeta a la Dirección del nivel Polimodal.
No cumplir con el compromiso establecido en el presente Anexo I resultará perjudicial para el alumno, ya que la falta se registrará en una ficha personal de disciplina, que cada alumno/a posee en el nivel donde cursa.
Cuadro Orientativo:
ENCUADRE PUNTO 1: De 2 a 5 créditos
• No acepta indicaciones del personal / corrección de actitudes / vocabulario.
• Retirarse o proceder sin autorización del aula.
• Traer teléfono celular sin autorización y justificación escrita.
• Utilizar teléfono celular fuera de lo indicado en el punto 29 b)
• No usar el uniforme completo del colegio.
• Traer elementos / objetos no solicitados para su utilización escolar (walkman, radios, punteros láser, trinchetes, celulares, etc).
• En general cuando atente al no cumplimiento de los puntos 1 a 12 “Parte III” del presente reglamento.
ENCUADRE PUNTO 2: De 3 a 5 créditos.
• Interrumpir constantemente la clase sin motivo.
• Producir disturbios / actitudes contrarias a las sostenidas por la Escuela en toda su área de acción. (incluye parada de colectivos y frente del establecimiento)
ENCUADRE PUNTO 3: De 5 a 15 créditos.
• En el caso fortuito de fumar, ingerir bebidas alcohólicas/ otros.
ENCUADRE PUNTO 4: De 10 a 20 créditos.
• Agredir verbal o físicamente a alumnos / docentes / personal del colegio.
ENCUADRE PUNTO 5: De 20 a 30 créditos.
• Salir o retirarse del establecimiento por propia cuenta.
ANEXO II
REGIMEN DE INASISTENCIAS
1-Se computará la inasistencia de los alumnos de todos los cursos por día escolar completo de la siguiente forma:
a) Cuando la concurrencia obligue a un solo turno, se computará una inasistencia.
b) Cuando la concurrencia obligue a doble turno o a actividades en contra turno, se computará 1 (una) inasistencia por turno - independientemente de la extensión de cada uno.
c) Cuando el alumno concurriere a la iniciación del turno con un retardo no mayor de diez (10) minutos, se computará la mitad de la inasistencia que corresponda al turno en el que la impuntualidad se hubiera producido. Pasado dicho lapso, la Dirección de la escuela deberá autorizar el ingreso del alumno, pero se computará inasistencia completa al turno, con obligación de permanecer en la escuela cumpliendo las actividades académicas y gozando de la protección que el sistema educativo otorga a todos los alumnos.
d) Cuando habiendo permanecido menos de medio turno (antes del primer recreo), el alumno se haya retirado del curso por cualquier causa (excepto por razones de salud) por el padre, tutor o adulto responsable y con autorización de la Dirección, se registrará 1 (una) inasistencia completa.
e) Los alumnos que por razones de enfermedad, pasantías o fuerza mayor debidamente justificadas no pudieran participar de las clases de Educación Física, tendrán que realizar trabajos prácticos por trimestre, elaborados por el Dpto. de Educación Física, como condición para aprobar dicho espacio curricular y en los plazos que se establezcan.
f) Si el alumno se presentara al turno escolar una vez que este haya comenzado, más allá de las dos primeras horas cátedra, deberá hacerlo con una nota realizada por sus padres que justifique su ingreso a ese horario, registrándose administrativamente cómo ausente.
2-Las inasistencias por razones particulares deben ser justificadas por el padre /madre / tutor o encargado mediante nota firmada por quien registro la firma en la escuela .
Se justificarán las inasistencias por enfermedad, sólo mediante certificado médico – que deberá ser presentado dentro de las cuarenta y ocho horas del reintegro del alumno a clase. Toda inasistencia mayor a 72 hs. por razones de salud deberá indefectiblemente contar con certificado médico fehaciente.
Los ausentes correspondientes a motivos de salud serán igualmente computados , pero de estar justificadas le será extendido un período adicional (mayor a veintiocho inasistencias) en proporción al periodo de la enfermedad y en un todo de acuerdo a la legislación vigente en la Prov.de Bs.As.
Para el caso en que el profesional médico hubiere certificado enfermedades crónicas o de largo tratamiento, obrará cómo justificativo de inasistencia por esta causa, nota del padre, tutor o adulto responsable.
Cuando el alumno alcanzare diez (10) inasistencias – primera reincorporación, la Dirección citará fehacientemente a sus padres, tutores o responsables de fin de manifestarles la situación de riesgo educativo, que las inasistencias generan, anticiparles las consecuencias administrativas y académicas que pueden derivarse y solicitar su compromiso para garantizar la asistencia del alumno a clases de todo lo cual quedará constancia en acta de entrevista.
3-Transcurridos siete (7) días desde la citación referida en el ítem precedente, si las personas citadas no se hubieren presentado en la escuela, la Dirección labrará acta de incomparecencia.
4-Cuando el alumno incurriere en diez (10) inasistencias – segunda reincorporación, posteriores al límite establecido en el ítem 2, justificadas o no, la Dirección procederá a nueva citación fehaciente a padres, tutores u otro adulto responsable, a fin de comunicarles las consecuencias académicas a las que las inasistencias ya hubieren dado lugar, notificarlo por última vez de las derivaciones administrativas habidas y futuras, solicitándole el formal compromiso de acción para la rectificación del proceso del alumno
5-Para el caso de incomparecencia ante la citación mencionada en el ítem. Precedente, se labrará el acta correspondiente y se procederá a la notificación fehaciente de todos los aspectos referidos al alumno.
6-Si el alumno incurriere en ocho (8) inasistencias con posterioridad al límite establecido en el ítem anterior, perderá el carácter de regular a todos los efectos, con excepción de lo encuadrado en la Ley Provincial de Educación.
REFERENCIA: (nexo con régimen de calificaciones. Anexo III)
7- El alumno deberá registrar una asistencia no inferior al 85% del total de días efectivos de clases por materia del ciclo lectivo y para ser calificado en cada trimestre deberá haber asistido al 60% de días hábiles correspondientes a cada trimestre y por espacio curricular.
ANEXO III
REGIMEN DE CALIFICACIONES
1-El período escolar está integrado por tres trimestres:
2-La aprobación de cada espacio curricular (materia) tendrá los siguientes requisitos:
a) La existencia de calificaciones del alumno en todos los trimestres. (no debe tener ausente en su evaluación por materia).
b) Una calificación de siete (7) o más puntos en el tercer trimestre, (no obstante el promedio general anual alcance el valor de aprobación).
c) El cumplimiento de las condiciones explicitadas en los ítems. 8 y 9 del presente Anexo.
d) En caso de establecerse nuevas directivas emanadas de la Dirección General de Escuelas para el presente ciclo lectivo, en cuanto a exámenes adicionales , integradores, etc, el encuadre y alcance de los mismos estará supeditado a las condiciones de los ítem 4, 5 y 6 del presente anexo. Asimismo esto se informará fehacientemente por nota en el cuaderno de comunicados para notificación de los Sres. Padres, tutor o encargado del alumno/a.
3- Este punto se halla sujeto a modificaciones para el año lectivo 2007.
Se implementarán períodos de Orientación y Evaluación (ante tribunal de examen) distribuidos del siguiente modo:
--Primer Período: en el lapso comprendido entre la finalización de clases y fines de Diciembre por un término no inferior a tres semanas.
--Segundo Período: En las dos últimas semanas de Febrero.
4- Los alumnos que hubieren obtenido una calificación de menos de siete ( 7 ) y al menos cuatro ( 4 ) puntos en el promedio final de cualquier espacio curricular (materia), o que habiendo obtenido siete ( 7 ) o más puntos no hubieran acreditado por aplicación del ítem. 2 de este anexo.
5- Los alumnos que obtuvieren una calificación inferior a cuatro (4) puntos en el promedio final de cualquier espacio curricular, deberán concurrir al período de orientación de diciembre y deberán asistir al período de orientación y evaluación ante tribunal de examen.
6- En las instancias de acreditación fuera del período de clases, se evaluará el conjunto de expectativas de logro (programa de la materia completo) previsto para el año.
La nota mínima de aprobación en estos períodos es de cuatro (4) puntos.
Transcurridos los períodos de evaluación mencionados, los alumnos serán promovidos al año inmediato superior siempre que no tuvieran pendientes más de dos (2) espacios curriculares (materias) en total adeudado y un (1) espacio extraprogramático, dicho espacio deberá ser aprobado en los turnos de julio/agosto y diciembre como condición necesaria para ser reinscripto/promovido en el próximo ciclo lectivo, asi como para estar habilitado a rendir espacios curriculares adeudados o del período regular.
7- El alumno que al finalizar el tercer año del Nivel Polimodal no hubiere alcanzado las
Expectativas de logro en la totalidad de los espacios curriculares (materias), podrá ser evaluado ante tribunal de examen en los turnos habilitados al efecto y de acuerdo a la normativa vigente en esa instancia.
8- El alumno para ser calificado en cada trimestre deberá haber asistido al 60% de días hábiles correspondientes a cada período (trimestre), caso contrario la calificación será ausente y deberá acreditar los espacios curriculares en los tribunales de exámenes de diciembre.
9- Si el alumno incurriere en 28 inasistencias, deberá acreditar todos los espacios curriculares (materias) ante tribunal de examen, aunque la calificación final fuera de siete (7) o más puntos, en el período diciembre o cuando correspondiere.
Este reglamento ha sido confeccionado por y para las necesidades de la Escuela Complejo Evangélico Pilar, “en forma exclusiva” y se halla sujeto a modificacionies y cambios.